Honrarás a tu padre y a tu madre, es el cuarto Mandamiento de la Ley de Dios y el primero de los mandamientos, dirigidos al prójimo. Este Mandamiento existe en todas las religiones, civilizaciones y costumbres ancestrales. Las antiguas civilizaciones, tenían consejos de ancianos, que eran los que promulgaban las leyes e impartían la justicia, así demostraban el gran respeto y consideración que tenían, a las personas mayores.
Los padres llegan a una edad o a unas condiciones físicas, que tienen que ser cuidados, quieran o no, incluso para evitar males mayores o irreversibles, como en su día fueron cuidados sus hijos. No deberían tener que esperar a recibir la ayuda, a cuando ya no tienen fuerzas para sobrevivir con normalidad. Entonces no quedará mas remedio que ayudarles, por voluntad propia o encargarlo a terceras personas o instituciones, para que lo hagan.
La primera obligación de los hijos, para con sus padres, es cuidarles, ofreciéndoles como mínimo, los mismos conceptos de seguridad, atención, cuidado y cariño que ellos recibieron de pequeños. Es posible que algunos padres, no entiendan o no quieran entender, que necesitan recibir esas atenciones, pero tienen que percibir que esas atenciones las tienen disponibles, para cuando quieran o necesiten utilizarla.
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